La Asociación Civil Siembra ambientó una ponencia sobre el tema ‘La justicia restaurativa y la reparación del daño como pena’ en la que el expositor fue el abogado especializado Pablo Galain, quien explicó de qué se trata y destacó su valor colectivo en INFO 24.
Acerca de esto Galain destacó que “la justicia restaurativa es un campo en construcción, es un movimiento que aparece en los años 70 como reacción al fracaso de la pena, como institución para solucionar los conflictos sociales más violentos” sin apelar al núcleo punitivo inherente a los regímenes penales tradicionales.
Recalcó que ese movimiento emergió “ante el fracaso de la pena, sobre todo la privativa de libertad, llamémosle la cárcel, sobre todo para los menores, la delincuencia juvenil, principalmente en Nueva Zelanda, en Australia, dentro de las minorías étnicas”.
Esas minorías etnoculturales “eran los principales ‘clientes’ del sistema penal, a quienes se les aplicaba una justicia que no era compartida en valores ni en principios, sobre todo los maoríes”.
Esos pueblos antiguos de Oceanía “resolvían de otra manera” sus conflictos interpersonales y colectivos, lo hacían “integrando a la comunidad, a la sociedad, en círculos, en reuniones” entre pares.
Su método es con “círculos familiares, círculos de conferencias” que aproximan y privilegian el diálogo, manifestación de una arraigada “costumbre de solucionar los conflictos pacíficamente (...) porque la comunidad es parte también de los conflictos y de sus autores y de sus víctimas”, describió el entrevistado.
Esa práctica de acercamiento y de jerarquización de la palabra se ubica “en contraposición de lo que tenemos en Occidente, que es un tema absolutamente paternalista, con un Estado castigador que se considera la víctima del delito porque ha sido lesionado en su majestad, que es la titularidad de las normas, a pesar de que los bienes jurídicos que protege el derecho penal nos pertenecen a cada una de las personas, individualmente o como colectivo”.
“La justicia restaurativa parte de (asumir que) el conflicto nos lo han expropiado, el conflicto es de las partes allí donde se produce, es del autor, la víctima y todos los miembros de la comunidad”.
Este concepto de abordaje de conflictos primero “se traslada a Canadá y en Estados Unidos más o menos con la misma lógica” narrada por Galain “para Nueva Zelanda y Australia; y luego se desarrolla en algunos países como Países Bajos, Bélgica; sobre todo en Europa, como un modelo alternativo, paralelo, al penal”.
“La reparación del daño pasa a ser el objetivo central, y no el castigo al delincuente en esta visión occidental que hemos tomado de la filosofía y sobre todo también de la religión, de que lo que importa es castigar por lo que se hizo con la intención de que no se vuelva a hacer pero sobre todo porque se ha pecado”, aseveró.