En octubre pasado se realizaron las audiencias ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) donde representantes estatales, de empresarios y trabajadores, dieron su opinión sobre si el Convenio Nro. 87 de la OIT sobre Libertad Sindical incluye la protección del derecho de huelga.
El tema no solo es relevante jurídicamente, sino en términos políticos e institucionales para la OIT ya que una respuesta negativa impediría la intervención de sus órganos de control sobre el derecho de huelga. La resolución de la CIJ se espera para inicios de 2026.