Ejerció "presiones indebidas para acceder a expedientes que le estaban edados de acuerdo a la normativa vigente, situación ésta que no podía desconocer dado el cargo que desempeñaba", como fiscal letrado departamental de Maldonado de 2do turno.
🔴En 2006 la fiscal Gabriela Fossati fue sancionada como fiscal letrada de Maldonado por abuso de autoridad y expresiones inapropiadas. Según
consta en resolución a la que accedió #NadaQuePerder, fue suspendida por 60 días, con pérdida total de haberes por inconducta funcional. pic.twitter.com/WNyLbWUtrx— Nada que perder (@NadaQuePerderuy) March 1, 2023
Una resolución firmada en 2007 del Ministerio de Educación y Cultura (MEC) a la que accedió Nada Que Perder de M24, indica que la fiscal del "caso Astesiano", Gabriela Fossati, fue suspendida por "abuso de autoridad", tras ejercer "presiones indebidas para acceder a expedientes que le estaban vedados de acuerdo a la normativa vigente, situación ésta que no podía desconocer dado el cargo que desempeñaba".
Desde entonces era fiscal letrado departamental de Maldonado de 2do turno.
Según el documento oficial, la magistrada también "formuló expresiones altamente inapropiadas, dirigidas a jueces y colegas fiscales, que implicaron una clara violación a los deberes de respeto, decoro y delicadeza que deben guardar los Magistrados del Ministerio Público".
En la resolución también se le cuestiona a la fiscal por sus expresiones de descreimiento en el sistema judicial fernandino y la falta de garantías que le otorgaban sus colegas fiscales y los jueces, “fueron realizadas a viva voz, fuera de contexto y consignadas en acta”, lo cual “no condice con los deberes de decoro y delicadeza que han de respetar los magistrados”.
Asimismo, en el escrito oficial se consigna que Fossati violó el deber funcional que establece el artículo 33, del numeral 5, del decreto ley 15.365.
En dicho tramo de la ley orgánica del Ministerio Público y Fiscal se determina que el fiscal letrado departamental, así como otros colegas fiscales, deberá “abstenerse de emitir y hacer públicos juicios o censuras, manifiestos o encubiertos, en sus dictámenes o por cualquier otro medio, sobre gobernantes o jerarcas del servicio; dar a publicidad o facilitar de cualquier modo la difusión de antecedentes e informaciones sobre cuestiones o asuntos de cualquier naturaleza de que conozcan, o en que intervengan o hubieran intervenido en razón de sus funciones; promover gestiones relativas a la organización o funcionamiento del servicio a su cargo o de su situación administrativa o de la de sus funcionarios, de otro modo que por escrito y ante el jerarca respectivo”.
En este sentido, se subraya que Fossati había formulado sus manifestaciones “respecto a jerarcas del servicio, al haber emitido y hecho público, a través de medios periodísticos, juicios y censuras sobre aquellos”.
Fue por ello que el MEC resolvió suspender a Fossati en el ejercicio de su cargo, por un período de 60 días, con pérdida total de haberes.