Las conductas con apariencia delictiva cometidas en el extranjero están fuera de la competencia de la justicia uruguaya, dijo Jorge Díaz

Jorge Díaz, exfiscal de Corte. Foto: Javier Calvelo / adhocFOTOS

"Lo que trascendió es que hubo una conversación privada entre dos personas fuera del país”, dijo el exfiscal de Corte en Nada Que Perder de M24, acerca de la citación de la justicia al exdirector de Convivencia, Gustavo Leal.  

Respecto al acuerdo del proceso abreviado entre la fiscal del caso, Gabriela Fossati y la defensa del exjefe de la custodia presidencial, Alejandro Astesiano, en la que se condena al excustodio a cuatro años y medio de penitenciaría por delitos de asociación para delinquir, tráfico de influencias, revelación de secreto y conjunción entre interés público y privado, el pago de 100 UR (Unidades Reajustables) y una inhabilitación de cuatro años para ejercer cargos públicos, Díaz opinó que el sistema procesal vigente en nuestro país admite diferentes procedimientos, a través de los cuales se resuelve el conflicto de naturaleza penal.

Narró que este conflicto puede resolverse por distintas vías: el juicio oral y público, el procedimiento abreviado o a través de un acuerdo reparatorio. La ley habilita, según el delito, tomar uno o varios caminos para resolverlo.

"La decisión la toman las partes, no la toma el juez, la toma el Estado representado por el fiscal y (por otro lado) el individuo. El proceso abreviado no está habilitado para todos los delitos, sólo para aquellos que tengan un mínimo de no más de cuatro años. Es una forma de resolver el conflicto. Es un proceso porque termina con una sentencia condenatoria", explicó.

El proceso abreviado requiere que el imputado admita su responsabilidad y se arribe a un acuerdo sobre la pena. "Es una forma de resolver un conflicto con una salida rápida", acotó.

Sin embargo, Díaz indicó que el proceso abreviado tiene sus consecuencias, ya que de hacerse "significa que sobre los hechos que surgen de esa carpeta de investigación, pero que no fueron incluidos en el acuerdo y en la sentencia, no puede esa persona ser nuevamente investigado por esos hechos". "Esa persona, no otros copartícipes o eventuales copartícipes, que si los hubiera pueden ser investigados sin ningún problema", aclaró.

Y añadió: "Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito".

Consultado sobre las expresiones de Fossati respecto a que continuar hasta un juicio oral y público en el caso Astesiano no disponía del tiempo y los recursos suficientes, el exfiscal de Corte opinó que ello es "un tema interno de la Fiscalía que yo no puedo opinar porque no me corresponde".

"La toma de decisiones es una decisión estratégica, porque tengo que analizar qué hechos tengo probados, qué hechos no tengo tantas pruebas, qué debilidades tiene mi prueba o mi evidencia", detalló.

A su juicio, "la fiscalía tiene un equipo de litigación que es el más potente que existe en el Uruguay hoy. No hay discusión sobre el punto".

Asimismo, sostuvo que la marcha del caso fue "muy conversado". "Cuando todo el mundo opina de si el fiscal tiene que seguir o no, el ciudadano común escucha ruido y cuando no entiende termina tomando una posición en función de su corazoncito. También sé que en el siglo XXI los mass media llegaron a la puerta de la justicia penal para quedarse. Comparto lo que dijo (Juan) Gómez: recibir críticas es parte de la espalda que tienen que tener los funcionarios", subrayó.

Para Díaz, esto sucede "porque el fiscal pasa a tener un rol protagónico porque tiene sobre sus espaldas dos funciones esenciales del Estado, la investigación y la persecución criminal".

También manifestó que el sistema político atraviesa una inmadura discusión sobre la designación del nuevo Fiscal General que está sin resolverse desde más de un año. Respecto a un triunvirato en la Fiscalía, dijo que el colegiado "tiene todo lo malo de la partidización y todo lo malo del corporativismo".

En relación a la citación a fiscalía del exdirector de Convivencia, Gustavo Leal, que pasó de ser testigo a indagado, Díaz citó al abogado del exjerarca, Diego Camaño, quien pidió conocer los motivos de la citación.

"Lo que trascendió es que hubo una conversación privada entre dos personas fuera del país. Las conductas con apariencia delictiva cometidas en el extranjero están fuera de la competencia de la Justicia uruguaya. No se me ocurre cuál fue el delito que se pudo haber cometido", dijo.

Además, apuntó que la fiscalía tiene la obligación de explicar al particular el motivo de su condición de indagado, que es lo que ha solicitado Camaño. "Si una persona es citada a declarar sobre equis hechos y es citado en calidad de testigo, una vez que declara como testigo sobre esos hechos, no puede luego ser indagado o investigado por esos hechos, sino pasa lo que ocurría en el sistema anterior que te citaban como testigo que tenías la obligación de ir a declarar, la obligación de decir la verdad, no tenés abogado, y no conocés la carpeta de la investigación de la fiscalía", sintetizó.

"Desde un primer momento se lo debería haber citado como imputado", consideró.

Sobre la participación de Asuntos Internos en el interrogatorio a familiares de Astesiano, Díaz indicó que muchas veces los fiscales eligen dependencias de confianza.

Respecto a si es habitual que los fiscales tengan al tanto al Fiscal General de las investigaciones de casos de relevancia, el exfiscal de Corte dijo que no es obligatorio, "en Uruguay aún se conserva la independencia técnica, pero hay una práctica de estilo, una costumbre de informar".

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