Legisladores del FA denunciarán al programa de Ignacio Álvarez por divulgar audios del caso de violación grupal

Foto: Twitter de Ignacio Álvarez

Las bancadas parlamentarias de la coalición opositora señalaron cuatro delitos que se desprenden de la divulgación de audios con contenido sexual en un programa radial.

Este martes el programa "La Pecera" que se emite en Azul Fm, divulgó audios que serían de la noche en la que una de mujer de 30 años denunció haber sido violada por tres hombres en Cordón, Montevideo.

Para los legisladores del Frente Amplio, en el programa del periodista Ignacio Álvarez se buscó "demostrar una supuesta culpabilidad de la víctima en el caso, presentando la situación como una relación consensuada".

"Este hecho implica un ejercicio de la violencia mediática, ya que, en primer lugar, se atenta contra la dignidad de la mujer implicada en los audios (sea quien sea ella) y en segundo lugar refuerza y justifica la violencia hacia las mujeres intentando demostrar una supuesta complicidad de una mujer en lo que ella misma luego denuncia como violación", agrega el comunicado.

Señalan que en el audio con contenido sexual, se "escucha a una mujer sorprendida por la situación y presentando molestia por una práctica sexual que se le estaba practicando", algo que "opera directamente a favor de la generación de violencia hacia las mujeres desde un medio de comunicación."

Abogaron por el respeto de la dignidad y de la intimidad de las víctimas, y cuestionaron al programa por su "voluntad de minimizar la violencia del hecho y sus consecuencias, por lo que debe ser investigado", mientras que también "se intentó generar un estereotipo en torno a la víctima para su desprestigio, como ya ha sucedido en casos similares."

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El comunicado cita a la Ley 19.580 que define las formas de violencia basada en género y la violencia mediática, en particular como "toda publicación o difusión de mensajes e imágenes a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de las mujeres o sus imágenes, injurie , difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, legitime la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de Ja desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres".

También al literal G, que define a la violencia simbólica como la "ejercida a través de mensajes, que reproducen y consolidan relaciones de dominación, exclusión, desigualdad y discriminación, que contribuyen a naturalizar la subordinación de las mujeres".

Asimismo, el artículo 92 de la misma ley, establece que quien "difunda, revele exhiba o ceda a terceros imágenes o grabaciones de una persona con contenido íntimo o sexual, sin su autorización, será castigado con una pen a de seis meses de prisión a dos años de penitenciaría".

A su vez, señalan que el programa fue emitido durante el horario de protección al menor, vulnerando la Ley Nº 19307 que prohíbe "la exhibición de escenas con actos sexuales explícitos, obscenos o degradantes, o de elementos de prácticas sadomasoquistas":

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