“La baja de los delitos en este tiempo de la pandemia fue consecuencia directa de las restricciones a la movilidad social y en la medida que la pandemia decae en sus efectos vuelven a ocurrir hechos policiales graves”, sostuvo en INFO24 el abogado sanducero Sergio Rodríguez, “militante blanco” según sus propias palabras, defensor de oficio y activista por la derogación de 135 artículos de la Ley de Urgente Consideración (LUC).
Blanco y con identidad wilsonista, Rodríguez fue parte de una agrupación del Partido Nacional en Paysandú que conformó listas electorales e integró la Convención partidaria, pero tras “unas cuantas decepciones resolvimos desafiliarnos en forma voluntaria en noviembre de 2020”, explicó al aire.
Precisó que “dos hechos bien puntuales fueron la gota que rebasó el vaso y nos hicieron definitivamente ponernos a militar en favor de la gente y de las 800.000 firmas que lograron poner este tema sobre la mesa”; esos “dos hechos bien concretos” fueron “no haberle concedido” desde el gobierno “la cadena de medios al movimiento” derogatorio Pro Referéndum, “lo cual nos parecía totalmente antidemocrático, autoritario y verticalista”, es decir “la propia esencia de la LUC; (…) y por otro lado” que la Corte Electoral “no le haya extendido el plazo para la presentación de las firmas”, cuando previamente sí “se pudo correr el plazo de las elecciones departamentales”.
El entrevistado cuestionó además el acotado marco temporal dispuesto por la mayoría del Parlamento para estudiar y discutir la LUC con la sociedad: “el Código del Proceso Penal se discutió 8 años” y luego “demoraron 3 en ponerlo en vigencia por toda la infraestructura que había que actualizar, los cargos que había que crear; y la LUC en 45 días” -contrastó- cuando es una norma que “en dos artículos destruye el funcionamiento de la indagatoria preliminar, porque le da tantas facultades a la Policía en detrimento de las facultades del Ministerio Público, de los fiscales, que desdibuja el Código del Proceso Penal tal cual fue configurado, tal cual era su espíritu”, fustigó.
El abogado blanco advirtió que “en todas las temáticas en que la LUC interviene y modifica cuestiones legales, el común denominador es el retroceso y la regresión en derechos y en construcciones que el Uruguay tenía arraigadas históricamente; y en muchas de las modificaciones (…) sometidas a referéndum ahora, hay inconstitucionalidades groseras, no solo en materia de Seguridad”, que es “el tema que tenemos más cercano por nuestro trabajo diario” y en el cual “lo vemos más de cerca”; es que también “hay modificaciones en materia de Educación que violentan gravemente la autonomía, (…) porque modificar los consejos colegiados de los organismos desconcentrados en sus diversas ramas por direcciones generales, o sea por un solo director que responde a los intereses del Poder Ejecutivo, es violatorio gravemente del artículo 202 de la Constitución”.
“En materia de Seguridad vemos algo que se viene dando desde la década del ´90, cuando se constató un fracaso del Derecho Penal liberal porque los delitos aumentaban y no se lograba combatir eficazmente a la inseguridad, entonces sucedía que se empezaba a legislar con fines políticos, a utilizar el Derecho Penal con fines políticos”, recordó y citó al catedrático “Germán Aller” para alertar que “hoy” sucede lo mismo con la figura de “resistencia al arresto” tipificada en la LUC; “no es otra cosa que un desacato”, y esto es “desobedecer la orden de un funcionario público, entonces uno razona, ¿qué consiguen agregando un supuesto delito que ya era delito antes?”.
Y para esa pregunta retórica “hay una respuesta que es teórica, que no es compleja, es sencilla de entender, porque lo mismo pasa en los restantes delitos” incorporados por la LUC como “el de ´daño´, el de ´agravio a la autoridad´, todos esos artículos que modifican el Código Penal”; a saber, “utilizan las leyes penales, el Derecho Penal con fines políticos” porque “este tipo de normas permiten construir discurso, construir eslóganes (…) que si bien sustantivamente no provocan modificaciones concretas y específicas en la legislación, a la autoridad ante una tribuna le permiten decir ´y con estas normas apoyamos y respaldamos al policía, restituimos la autoridad del policía que se había visto mancillada y violentada”, ilustró.
Rodríguez también fue enfático al afirmar que “la baja de los delitos en este tiempo de la pandemia fue consecuencia directa de las restricciones a la movilidad social, y uno puede observar que a medida que esto empieza a recuperarse” porque “la pandemia va decayendo en sus efectos, vuelven a ocurrir crónicas de hechos policiales graves; lo que ocurrió en Rivera que involucró al jefe de Policía es producto directo de la LUC” y “hechos como ese se pueden dar por doquier”, aunque “últimamente estamos observando que la Policía no está utilizando los resortes jurídicos que le otorga la LUC en toda su amplitud, y es por el efecto referéndum, (…) porque están siendo observadas con lupa todas las actuaciones policiales; y así mismo hay abusos”, como “otra denuncia en Florida” debido a que “se retuvo a una persona por más de una hora y media en una dependencia policial sin motivo ninguno, y todos estos hechos son los que habilita la LUC”, avisó.
Esto “no lo digo yo” sino que “lo dicen los expertos, los penalistas, está publicado en un libro de la Universidad de Montevideo” en cuyo contenido “tomaron parte fiscales, penalistas conocidos, gente autorizada que se dedica a estudiar e investigar estos temas: que la LUC le abre la puerta a las detenciones indebidas, a las razias, hay una criminalización grosera de la protesta social a través de los artículos 469 y 470; hay uno que habla de la ´apariencia delictiva´”, concepto “groseramente inconstitucional” porque, “¿qué es apariencia delictiva, nos preguntamos?”; el defensor de oficio sanducero alertó que todas las citadas “son cosas realmente preocupantes” porque “disminuyen las garantías individuales de todos los ciudadanos”.