Rosana Cortazzo cree que la LUC genera una “pérdida de autonomía” en la Educación pública, mientras que Juan Gabito asegura que es un principio que está intacto

Los cambios en educación que abarca la LUC trajeron diferentes opiniones en dos jerarcas de la educación: Juan Gabito, consejero del CODICEN, considera que el marco normativo “está mucho mejor”, mientras que Rosana Cortazzo, consejera en representación de los docentes en el Consejo de Formación en Educación, cree que la ley promueve “una visión centralista y vertical”

La profesora y consejera en representación de los docentes en el Consejo de Formación en Educación (CFE), Rosana Cortazzo y el consejero del Consejo Directivo Central (CODICEN) y abogado, Juan Gabito, estuvieron en Mejor Hablar de M24 para discutir sobre algunas disposiciones de la Ley de Urgente Consideración (LUC) en materia educativa. 

Faltando poco plazo para que aquellos que están en contra de esta ley presenten las firmas necesarias para habilitar un referéndum sobre 135 de sus artículos, sus disposiciones son discutidas. La LUC contiene un capítulo de 79 artículos referidos a la educación. “Tiene una modificación de casi el 50% de la Ley General de Educación, por eso, creemos que ha habido un cambio profundo” dijo Cortazzo. En esta ocasión se debatió sobre dos aspectos que modificó esta ley. 

En primer lugar, los entrevistados dieron sus opiniones sobre lo que significó el pasaje de los Consejos de Educación Inicial y Primaria, Secundaria y Educación Técnico Profesional, integrados por tres miembros (dos designados por el CODICEN y otro en representación de los docentes), a Direcciones Generales unipersonales en todos los niveles. Este cambio en la gobernanza, “evita la participación y la cogestión en la educación pública”, opinó Cortazzo y agregó que “las políticas educativas deben trascender a los gobiernos de turno y los actores de la educación debemos ser corresponsables de esa política”, lo cual, para ella, esta ley debilitó. 

Cortazzo expresó que este aspecto de la LUC promueve “una visión centralista y vertical” y desata una “pérdida de autonomía” “a partir de un precepto de evitar la participación”. Gabito, por su parte, discrepa con este punto, ya que para él, “el principio constitucional de autonomía y representación, permanece absolutamente intocado”, dijo. Apoyó su opinión en que en la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) hay dos consejeros electos por los docentes, y según dijo, “es ese órgano jerarca el que verdaderamente define todo lo importante en la educación”.  

La profesora, con respecto a la gestión de las Direcciones Generales observó  “un conjunto de situaciones de caos a la hora de organizar decisiones que son vitales para la continuidad de los servicios educativos”, contó. Gabito consideró que Cortazzo realizó una “apreciación política” respecto a la actuación de las autoridades. 

Gabito entiende que el marco normativo “está mucho mejor” luego de la LUC. Como abogado, él considera correcta la eliminación de los tres Consejos de Educación porque “un órgano subordinado (...) no puede tener jerarcas que son electos, es decir que no responden a su jerarquía que es el CODICEN”, dijo. Además, agregó: “es una ficción que esas personas van a actuar absolutamente solas porque están al frente de una estructura de carrera: inspectores, asesores, coordinadores, que son las que intervienen en las decisiones previas para la implementación de las medidas”. 

Cortazzo también acotó que la pérdida de autonomía que para ella implica este cambio de gobernanza se evidencia “la inferencia del Ministerio de Educación y Cultura (MEC) a través de establecer principios centrales en la educación”

El otro aspecto manejado en el debate fue la cuestión de las carreras públicas terciarias, no universitarias, vinculadas a la docencia que contempla la LUC. Gabito, por su parte, opinó que la ley “le da existencia jurídica con marco legal al Consejo de Formación en Educación”, lo que considera “un avance importantísimo para la educación”. La Ley de Educación (18.437), del año 2008, disponía transitoriamente la facultad del CODICEN para administrar este ámbito, mientras no se creara el Instituto Universitario de Educación (iude), lo que sucedió por 12 años. Para Gabito, ese acto administrativo era “prendido por alfileres porque una resolución del CODICEN se cambia por otra resolución del CODICEN por tres votos”, dijo. 

En este punto, Cortazzo opinó que “hay una búsqueda de control político de la Formación en Educación” y aclaró que la estructura institucional “existe hace 11 años”. Además, especificó que van por el “segundo período con consejeros docentes electos y tercer período con consejeros estudiantiles electos, supervisados por la corte electoral”.

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