Tras fallo a favor, BROU puede cobrarle a López Mena la totalidad del pago en una vez y con intereses moratorios, dijo director del FA

Juan Carlos López Mena. Foto: Javier Calvelo/ adhocFOTOS

El Director en representación del Frente Amplio, Leandro Francolino, expresó que el fallo a favor del BROU ante el conflicto con López Mena “cierra este período con un saldo positivo para el Estado”.

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) falló en última instancia a favor del Banco República (BROU) en el conflicto que mantenía con el dueño de Buquebus, Juan Carlos López Mena. Esta sentencia deja una “amplia satisfacción” en el banco, según dijo Leandro Francolino, Director del BROU en representación del Frente Amplio, en entrevista con El Menú del Día de M24. 

El fallo era esperado por el directorio del banco “desde hace un buen tiempo”, expresó Francolino. El 1° de octubre de 2012 se realizó la subasta de siete aviones de Pluna Sociedad Anónima que fueron adquiridos por Hernán Antonio Calvo Sánchez en representación de la aerolínea española Cosmo por 137 millones de dólares. La empresa desistió de la compra y el BROU, que funcionó como su aval, pagó al fideicomiso casi 14 millones de dólares. El banco reclamó a la aseguradora de la empresa, Boston, el pago del aval. 

Pero, López Mena, quien acercó a Cosmo a la subasta, acordó en 2013 con el BROU subrogar a los primeros obligados y hacerse cargo del pago mientras que la subasta no se considerara nula. Por eso, cuando la SCJ declaró inconstitucionales los tres primeros artículos de la Ley 18.931, que creó el fideicomiso para el remate de los aviones, el empresario entendió que este último quedaba anulado y demandó al BROU. Dejó de pagar y reclamó la devolución de lo que había abonado hasta el momento, alrededor de 7 millones de dólares. 

Lopez Mena consiguió el fallo favorable en primera y segunda instancia. Sin embargo, el pasado 27 de julio, la SCJ sentenció que la inconstitucionalidad de los artículos de la ley creadora del fideicomiso no implica que la subasta sea anulada por lo que el empresario está obligado a pagar. Esta sentencia no admite recursos posteriores. Francolino reconoció la labor del equipo que brinda los servicios legales en el banco, que lo defendieron con gran nivel de profesionalismo, dijo. “Se cierra este período con un saldo positivo para el Estado” expresó. 

“Desde la anterior administración, el banco está trabajando fuertemente para poder ganar este proceso, lo ganó y la consecuencia que tiene es que todo el resto de lo que él debe, saldo que originalmente estaba pactado en cuotas, se vuelve exigible”, explicó Francolino. Por eso, el BROU puede exigir la totalidad del pago “de una sola vez, con intereses moratorios”, manifestó. Y si bien esto quedará a decisión del directorio, en principio, Francolino entiende que debería hacerse de esa manera. 

Rendición de Cuentas: 

La otra “buena noticia” a la que hizo referencia Francolino en la entrevista fue la decisión de retirar de la consideración del Poder Legislativo el artículo de la Rendición de Cuentas que habilitaba a que los organismos públicos depositen sus fondos en la banca privada. Era un cambio “inesperado” y que hubiera “sido, en términos generales, negativo”, sobre todo para la rentabilidad del banco, expresó. 

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