Unatra elabora documento para modificar decreto del Ejecutivo respecto al desempeño del trabajo en el medio rural

Unatra propone cambios al decreto del Ejecutivo en torno a las condiciones de trabajo en el medio rural.

Si bien la Unión Nacional de Asalariados, Trabajadores Rurales y Afines (Unatra) admite “las virtudes de la norma”, propone ajustes al Decreto 38/022, que establece un “protocolo genérico para trabajo en condiciones adversas en el medio rural”.

Por ejemplo, para los trabajadores del sector la normativa utiliza tres formas distintas para referirse a los “fenómenos meteorológicos”: “condiciones climáticas, factores meteorológicos, fenómenos meteorológicos”, lo cual puede “generar la duda de si la intención es referirse a cosas diferentes”.

En este sentido, Unatra propone usar una denominación más “apropiada” como “fenómenos meteorológicos”.

“Los factores meteorológicos ‘adversos’ son todos aquellos que pueden poner en riesgo la integridad física e incluso la vida de los trabajadores”, que “esencialmente son cinco: lluvias (y con estas también las crecidas de los cauces que pueden generarse), viento, temperaturas extremas, granizadas y tormentas eléctricas”, explicita el gremio, según revela este lunes La Diaria.

El decreto sólo “menciona algunas de estas”.

Asimismo, la Unatra cuestiona que en el decreto se haga mención a los “daños materiales que pueden producirse en ocasión de estos fenómenos”, ya que entienden que “eso nada tiene que ver con la salud y la seguridad laboral, que es el cometido de esta norma. El derecho a la integridad física y la vida no está condicionado por los costos materiales que represente protegerlos adecuadamente. Debe eliminarse”.

El sindicato de los trabajadores rurales asegura además que en el texto del decreto se eliminaron “dos indicadores objetivos de riesgo”: cruzar cauces de agua cuando esta alcanza la altura de la rodilla del caballo y la referencia a la velocidad del viento de 60 kilómetros por hora.
Dichos indicadores se suplieron por “referencias genéricas, dejando la determinación del riesgo a discreción del empleador”.

Unatra recordó también que en el borrador del decreto se especificaba que el trabajador debía contar con un medio de comunicación en caso de emergencias, pero en el texto actual se dice que este será el celular del propio trabajador, “contrariamente a lo que dispone el marco normativo nacional e internacional de que los elementos de seguridad debe proporcionarlos el empleador sin costo para el trabajador”.

En otro orden, Unatra critica que el decreto “deja librado a la discrecionalidad de cada empleador la medición del riesgo” de los fenómenos y no tiene en cuenta que existe un “organismo especializado en la materia”, el Instituto Uruguayo de Meteorología (Inumet), “con capacidad técnica de advertir la ocurrencia de estos fenómenos con suficiente antelación” para que se suspendan las tareas previstas y se organice el trabajo “de forma de no exponer a los trabajadores”.

Respecto a este punto el sindicato alerta que el decreto contiene algunas condiciones para las tareas “en ocasión de tormenta eléctrica”, cuando se debería suspender toda actividad, dado que Inumet expresó en la Comisión de Legislación del Trabajo de Diputados que en el mundo “el rayo mata a más gente que los tornados y los huracanes en forma conjunta”.

Otro aspecto que genera controversia es el del pago del jornal a la orden que se suspende ante un fenómeno meteorológico, lo cual no debiera ser así ya que la suspensión de la actividad es ajena a la voluntad del empleado.

 

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